
El debate sobre los pesticidas y los alimentos de Marruecos ha dejado de ser una cuestión secundaria. Para el agricultor español que afronta cada año más restricciones sobre los productos que puede utilizar y sobre cómo debe producir, resulta inevitable preguntarse si quienes venden en el mismo mercado, están sometidos a las mismas condiciones. ¿Competimos con las mismas reglas?, la respuesta como suele ocurrir en la Unión Europea, tiene algunos matices importantes.
No es correcto afirmar que Marruecos no cumple las normas europeas, la realidad es más compleja: los alimentos importados deben cumplir las normas de seguridad alimentaria de la UE, pero las condiciones en las que se producen no tienen por qué ser exactamente las mismas que soporta un agricultor europeo. Y es aquí precisamente donde aparece una de las grandes contradicciones del actual modelo agroalimentario europeo.
Marruecos vende cada vez más alimentos a Europa
Marruecos se ha convertido en un proveedor agrícola fundamental para la Unión Europea, el año pasado y según leemos aquí, la UE importó de este país productos agroalimentarios por unos 3.734 millones de euros, frente a exportaciones europeas hacia Marruecos de unos 3.791 millones. Pero detrás de esas cifras existe una enorme diferencia en la composición del comercio. Las importaciones europeas están concentradas principalmente en frutas y hortalizas, sólo las hortalizas representaron aproximadamente 1.690 millones de euros y las frutas y frutos secos, otros 1.481 millones. En conjunto, frutas, hortalizas y aceite de oliva, representaron alrededor del 90% de las importaciones agroalimentarias comunitarias procedentes de Marruecos.
España ocupa una posición especialmente sensible, en 2024 importó de Marruecos unos 2.223 millones de euros en productos agroalimentarios y pesqueros, mientras exportó al país unos 1.223 millones de euros según el MAPA. Entre las principales importaciones españolas destacan los moluscos, los frutos rojos, las legumbres y hortalizas, los aguacates, los mangos y, por supuesto, los tomates. Esto significa que el tema marroquí no es un asunto lejano a la Comisión Europea, ya que afecta directamente al agricultor español que vende el mismo producto en el mismo mercado europeo.
¿Pueden entrar tomates marroquíes por encima de la cuota?
Sobre este tema, es necesario aclarar y desmontar una confusión. La UE y Marruecos tienen un régimen comercial preferencial para determinados productos agrícolas, en el caso del tomate fresco, existe una cuota arancelaria preferencial que considerando la cuota básica y la adicional, alcanza nominalmente unas 285.000 toneladas durante el periodo comprendido entre octubre y mayo.
Pero superar esa cifra no significa automáticamente que el producto haya entrado ilegalmente. La Comisión Europea ha reconocido que desde 2019, Marruecos ha exportado tomates frescos a la UE por encima de la cuota preferencial. Por ejemplo, en el periodo octubre de 2023 a mayo de 2024, las importaciones rondaron las 334.000 toneladas, lo que supone aproximadamente 49.000 toneladas por encima de esas 285.000 toneladas. Si hay una entrada fuera de la cuota y se pagan los derechos correspondientes, entonces son importaciones legales, pero cambia es el tratamiento arancelario. Lo ilegal sería declarar mercancía fuera de cuota como si estuviera dentro de ella, falsear el origen o defraudar los derechos correspondientes.

La propia CE indicó el año pasado que no había detectado evasión fiscal en este asunto y señaló que entre 2019 y 2024, las autoridades aduaneras recaudaron unos 81 millones de euros en derechos sobre tomates frescos marroquíes. Por tanto, decir simplemente que Marruecos incumple la cuota resulta engañoso, es más exacto decir que Marruecos supera en ocasiones el volumen de entrada que disfruta del arancel preferencial, pero puede seguir exportando legalmente pagando los derechos aplicables a las cantidades adicionales.
Y eso no impide plantear una cuestión política, si el mercado europeo está recibiendo cantidades crecientes de un producto fuera del volumen inicialmente beneficiado por un régimen preferencial, ¿sigue siendo conveniente ese régimen para las condiciones actuales del mercado?
El gran debate, ¿se exige lo mismo al producto que al agricultor?
En este punto llegamos a la cuestión de los pesticidas, existe una afirmación que conviene hacer con absoluta claridad, y es que un tomate marroquí vendido legalmente en España, debe respetar los límites máximos de residuos de pesticidas establecidos por la legislación europea, igual que un tomate producido en Almería, Murcia o Valencia. El Reglamento europeo de residuos de plaguicidas establece los llamados MRL (límites máximos de residuos), y estos se aplican tanto a los alimentos producidos en la UE como a los importados desde terceros países.
Por tanto, no existe legalmente un “límite de pesticidas para el español” y otro más permisivo para el marroquí, pero eso no significa que el agricultor marroquí tenga que producir exactamente de la misma manera que el agricultor español y esa es una diferencia fundamental.
Un producto fitosanitario o una sustancia activa puede no estar autorizada para su uso en la agricultura europea y sin embargo, haber sido utilizada legalmente en un país tercero. Si posteriormente el alimento llega a Europa, podrá comercializarse siempre que los residuos presentes en el alimento respeten los límites europeos aplicables. La propia Comisión Europea reconoce esta realidad y señala que pueden establecerse tolerancias de importación para productos cultivados fuera de la UE. También ha reconocido la preocupación existente por sustancias consideradas demasiado peligrosas para su uso dentro de Europa, pero que pueden seguir utilizándose en terceros países, de ahí que sean los que más alertas alimentarias provoquen.
Aquí aparece la paradoja, Europa puede prohibir a un agricultor español utilizar una sustancia por motivos de salud o medioambientales, mientras que permite que un producto agrícola producido fuera de Europa entre en su mercado si el residuo final cumple el límite establecido. Desde el punto de vista estrictamente jurídico, son dos cuestiones diferentes, y desde el punto de vista económico y político, la diferencia es mucho más problemática.
El problema de los “pesticidas boomerang”
Recordemos este artículo: “El peligro de los plaguicidas boomerang, Europa exporta productos prohibidos que vuelven en nuestros alimentos”, que sirve de referencia para poner el foco precisamente en esta contradicción. Determinados productos fitosanitarios considerados demasiado peligrosos para su uso en la UE, pueden seguir siendo fabricados y exportados a terceros países, donde la legislación y las normativas pueden ser diferentes. La sustancia sale de Europa, puede utilizarse en otro lugar y en determinadas circunstancias, el alimento producido con ella puede regresar al mercado europeo.

Cierto es que encontrar residuos de una sustancia no significa automáticamente que el alimento sea peligroso, y lo determinante desde el punto de vista legal es si los residuos superan los límites establecidos y cuál es el riesgo toxicológico asociado. Pero, entonces, si Europa considera que una determinada sustancia es suficientemente peligrosa como para prohibir su uso a sus propios agricultores, ¿tiene sentido aceptar alimentos producidos con ella simplemente porque el residuo final está por debajo de un determinado límite?
La CE es consciente de esta contradicción y ha planteado la posibilidad de avanzar hacia una mayor alineación, de las normas de producción para los pesticidas considerados más peligrosos. Pero esto no significa que exista actualmente una obligación general de que todos los agricultores de terceros países, produzcan exactamente bajo las mismas reglas que los agricultores europeos.
Los agricultores españoles compiten con una estructura diferente
Este es probablemente el punto que más se pierde en el debate, ya que no es correcto afirmar que a Marruecos no se le exige seguridad alimentaria. Sí se le exige cumplir los requisitos europeos aplicables al alimento que entra en el mercado, pero lo que no es necesariamente equivalente, es todo lo que sucede antes de que ese alimento llegue a la frontera. Un productor europeo está sujeto a las autorizaciones europeas de fitosanitarios, restricciones ambientales, condiciones laborales, trazabilidad, controles, requisitos administrativos y una legislación cada vez más exigente sobre producción.
Un productor marroquí debe garantizar que el producto que exporta cumple los requisitos europeos de importación, pero no está obligado a reproducir toda la legislación agrícola europea sobre cómo debe producirlo, una diferencia que puede traducirse en los costes de producción.
Y aquí es donde el debate sobre la competencia deja de ser una discusión sobre Marruecos y pasa a ser una discusión sobre la propia política comercial comunitaria. Europa puede pedir a sus agricultores que produzcan alimentos con menos pesticidas, más restricciones ambientales y mayores costes, mientras simultáneamente amplía la entrada de productos procedentes de países con unas estructuras regulatorias diferentes y siempre menos restrictivas.
Desde el punto de vista del consumidor, esto significa precios más bajos; desde el punto de vista del agricultor europeo, significa competir contra alguien que no está sometido exactamente al mismo coste regulatorio.
¿Significa esto que los alimentos marroquíes son peligrosos? La respuesta es no, ya que decir sí sería una conclusión injustificada. Los productos que entran legalmente en la UE están sometidos a los límites europeos de residuos y a controles oficiales, además, los Estados miembros realizan programas de vigilancia de residuos de pesticidas y existen mecanismos específicos de control, para determinados productos y países cuando se detectan problemas.
Recordemos el RASFF (Rapid Alert System for Food and Feed), un sistema rápido de alerta para alimentos y piensos, o la AAC (Administrative Assistance and Cooperation Network), una red de asistencia administrativa entre países, que se utiliza principalmente cuando existe sospecha de fraude o irregularidades, pero sin riesgo inmediato para la salud.
Por tanto, no sería correcto afirmar que un tomate marroquí es menos seguro simplemente por ser marroquí, lo que sí es razonable cuestionar es si el sistema europeo garantiza una verdadera igualdad de condiciones de producción.

Seguridad alimentaria y condiciones de producción no son exactamente lo mismo
España importa cada vez más productos agrícolas de Marruecos y al mismo tiempo, los agricultores españoles afrontan una presión regulatoria creciente. El problema no consiste necesariamente en cerrar las fronteras ni en considerar enemigo al agricultor marroquí, el problema es otro: ¿puede Europa exigir cada vez más al agricultor europeo y de forma simultánea, competir mediante importaciones producidas bajo unas reglas diferentes?
Si la respuesta es sí, la UE tendría que explicar claramente por qué, y si la respuesta es no, Europa tendrá que avanzar hacia un principio mucho más sencillo de entender: si una sustancia, método de producción o estándar es considerado inaceptable para producir alimentos destinados al consumidor europeo por razones de salud o medioambientales, el debate debería ser si también resulta aceptable cuando esos alimentos proceden de fuera de la UE.
¿Qué modelo agrícola quiere Europa? ¿Cuánto está dispuesta a pagar por él? ¿Las mismas exigencias que impone a sus agricultores deben convertirse también en una condición real para quienes quieren vender alimentos en su mercado? Estas preguntas conforman el verdadero debate sobre reciprocidad.
Y también existe una responsabilidad que no corresponde únicamente a la CE, como consumidores, podemos optar por priorizar el producto nacional y de proximidad, aunque en determinados casos resulte más caro. No se trata simplemente de una cuestión de patriotismo económico, ya que detrás de cada compra hay una decisión sobre qué modelo productivo queremos conservar.
Si la presión por el precio termina expulsando del mercado a nuestros agricultores, ganaderos, cooperativas, industrias transformadoras y demás, el resultado será el debilitamiento de todo nuestro tejido agroindustrial y una dependencia cada vez mayor de terceros países. Y si además sabemos que existen diferencias entre las sustancias autorizadas en Europa y las que pueden utilizarse en esos terceros países, el problema de los pesticidas prohibidos en la UE es que según la CE, pueden formar parte de determinados procesos productivos en otros países, lo que constituye otro argumento de peso para apostar por el producto nacional.
Comprar producto español puede costar más hoy en día, pero también puede significar conservar en el futuro la capacidad de producir nuestros propios alimentos y bajo las normas que nosotros mismos hemos decidido exigir.
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