La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha concluido la reevaluación de la sal de aspartamo y acesulfamo (E 962) y considera que su utilización no plantea problemas de seguridad en los usos y niveles de exposición actuales. Aunque el procedimiento se refería formalmente al E 962, la evaluación también ha incluido una actualización de los datos toxicológicos y de exposición correspondientes al aspartamo (E 951).
La conclusión resulta especialmente relevante porque incorpora los estudios publicados desde la evaluación completa del aspartamo realizada por la EFSA en 2013. Tras analizar las nuevas evidencias, los expertos europeos han confirmado la ingesta diaria admisible de 40 miligramos por kilogramo de peso corporal y día y señalan que la exposición estimada continúa por debajo de ese límite en todos los grupos de edad.
El nuevo dictamen llega en un momento de renovada controversia. Más de 400.000 personas han respaldado una petición promovida por Foodwatch, la Liga contra el Cáncer y Yuka para que la Unión Europea prohíba este edulcorante. La clasificación del aspartamo como «posiblemente carcinógeno para los seres humanos» realizada por el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer en 2023 también ha contribuido a mantenerlo en el centro del debate.
Sin embargo, el aspartamo no ha sido prohibido y continúa autorizado en la Unión Europea. La nueva evaluación de la EFSA tampoco propone retirarlo, sino que vuelve a considerar que no existe preocupación por su seguridad en las condiciones actuales de utilización y exposición.
El aspartamo, identificado como E 951, es un edulcorante artificial aproximadamente 200 veces más dulce que el azúcar. Se utiliza en refrescos, productos lácteos, chicles, dulces, edulcorantes de mesa y numerosos alimentos bajos en calorías o sin azúcares.
Su presencia debe indicarse en el etiquetado mediante su nombre o su número E. Además, los productos que contienen aspartamo deben advertir que constituyen una fuente de fenilalanina, ya que las personas con fenilcetonuria necesitan limitar estrictamente la ingesta de este aminoácido.
Las dudas sobre la seguridad del aspartamo no son nuevas. En 2009 nos hacíamos eco de la decisión de la agencia británica Food Standards Agency (FSA) de investigar las denuncias de personas que aseguraban experimentar dolor de cabeza, fatiga o vómitos después de consumir productos que contenían este edulcorante. Aquella investigación pretendía comprobar si existía realmente una relación entre esos síntomas y el consumo de aspartamo.
Un año después se publicaron revisiones de estudios anteriores que no encontraron razones suficientes para considerar peligroso el edulcorante dentro de los niveles de ingesta establecidos. Al mismo tiempo, algunos investigadores defendían que eran necesarios estudios más específicos. La discusión mostraba ya una de las principales dificultades de este debate: no basta con encontrar investigaciones que lleguen a resultados diferentes, también es necesario valorar su diseño, su calidad y el peso que aportan al conjunto de la evidencia.
En diciembre de 2013, la EFSA publicó su primera evaluación completa del riesgo del aspartamo. Su conclusión fue que el E 951 y sus productos de degradación no planteaban problemas de seguridad para la población general en los niveles de exposición estimados.
La agencia mantuvo entonces la ingesta diaria admisible en 40 miligramos por kilogramo de peso corporal y día. También señaló que este valor no era aplicable a las personas con fenilcetonuria, que deben seguir una alimentación estrictamente baja en fenilalanina.
Aquella evaluación no encontró evidencias que justificaran considerar el aspartamo genotóxico o cancerígeno en los niveles estudiados. Tampoco identificó motivos de preocupación relacionados con el cerebro, el sistema nervioso, el comportamiento o la función cognitiva dentro de las condiciones de exposición evaluadas.
Las críticas a la evaluación europea del aspartamo
Las conclusiones publicadas por la EFSA en 2013 no pusieron fin a la controversia. En 2019, investigadores de la Universidad de Sussex cuestionaron el modo en que se habían seleccionado y valorado los estudios utilizados por la autoridad europea. Según su análisis, determinadas investigaciones que apuntaban posibles efectos perjudiciales habían recibido menos peso o habían quedado fuera de la evaluación.
Estas críticas no modificaron oficialmente las conclusiones de la EFSA, pero mantuvieron abierto el debate sobre la calidad, la independencia y la transparencia de las evaluaciones de seguridad alimentaria.
Posteriormente aparecieron nuevas investigaciones. En 2023, un estudio experimental realizado con roedores relacionó la exposición al aspartamo con alteraciones de la memoria y el aprendizaje y observó efectos en la descendencia de los animales expuestos.
Se trataba, no obstante, de un trabajo realizado con animales de laboratorio. Sus resultados podían señalar una línea que merecía seguir investigándose, pero no demostraban por sí solos que esos mismos efectos se produjeran en seres humanos.
Ese mismo año, el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC/IARC), organismo especializado de la Organización Mundial de la Salud, clasificó el aspartamo como «posiblemente carcinógeno para los seres humanos», dentro del grupo 2B.
Esta clasificación se basó en evidencias limitadas de carcinogenicidad, especialmente en relación con el carcinoma hepatocelular. No demostraba que el consumo habitual de aspartamo causara cáncer ni establecía qué riesgo suponía ingerir una cantidad concreta del edulcorante.
Paralelamente, el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) realizó su evaluación del riesgo y mantuvo la ingesta diaria admisible de 40 mg/kg de peso corporal.
Las dos conclusiones no eran necesariamente contradictorias. El IARC estudiaba el peligro, es decir, si una sustancia puede tener potencial para causar cáncer en determinadas circunstancias. JECFA analizaba el riesgo, que depende tanto del peligro como de la cantidad y la frecuencia de exposición. En este artículo explicamos con más detalle las diferencias entre ambas evaluaciones.
Por qué la evaluación del E 962 también afecta al aspartamo
La revisión que acaba de concluir la EFSA se abrió formalmente para evaluar el E 962, la sal de aspartamo y acesulfamo. No se trata simplemente de mezclar dos edulcorantes: es una sal formada a partir de aspartamo y acesulfamo que, una vez ingerida, se disocia en sus componentes.
Por esta razón, la EFSA evaluó por separado los datos correspondientes al aspartamo (E 951) y al acesulfamo K (E 950). En el caso del aspartamo, actualizó tanto la evaluación toxicológica realizada en 2013 como los cálculos de exposición alimentaria.
El panel científico no identificó problemas de genotoxicidad para el E 951 ni para su principal producto de degradación, el ácido 5-bencil-3,6-dioxo-2-piperazina acético, conocido como DKP. Tampoco encontró entre los nuevos estudios datos adecuados que justificaran establecer un punto de referencia toxicológico distinto.
Por ello, la EFSA ha confirmado la ingesta diaria admisible del aspartamo en 40 mg/kg de peso corporal y día. Para el acesulfamo K utiliza la ingesta diaria admisible de 15 mg/kg establecida en su reevaluación de 2025.
La exposición alimentaria se calculó teniendo en cuenta tanto el consumo directo de E 951 y E 950 como las cantidades procedentes del E 962. Según el dictamen, las estimaciones se mantienen por debajo de las respectivas ingestas diarias admisibles en todos los grupos de población.
A partir de estos resultados, el panel concluye que no existe preocupación por la seguridad del aspartamo, el acesulfamo K ni la sal de aspartamo y acesulfamo en los usos y niveles de utilización comunicados actualmente.
La EFSA ha publicado un resumen de sus conclusiones, acompañado del dictamen científico completo sobre la reevaluación del E 962.
La EFSA recomienda actualizar algunas especificaciones
Que la EFSA no haya encontrado un problema de seguridad no significa que el dictamen termine sin recomendaciones. Los expertos consideran necesario actualizar las especificaciones europeas del E 962 para garantizar que se fabrica a partir de aspartamo y acesulfamo K que cumplan sus respectivos requisitos de pureza y composición.
También recomiendan revisar los límites de arsénico y plomo establecidos en las especificaciones del aspartamo. Esta recomendación no indica que la exposición actual a esos metales a través del edulcorante esté causando daños, sino que los requisitos técnicos deberían actualizarse y ajustarse a los criterios actuales.
La EFSA proporciona el asesoramiento científico, pero corresponde a la Comisión Europea y a los Estados miembros decidir si deben modificarse las especificaciones, las condiciones de uso o cualquier otro aspecto regulatorio.
Qué significa esta conclusión y qué no significa
El nuevo dictamen refuerza la posición regulatoria que la EFSA mantiene desde 2013: el aspartamo no plantea problemas de seguridad cuando la exposición se mantiene por debajo de la ingesta diaria admisible. La autoridad europea considera, además, que el consumo estimado de la población se encuentra por debajo de ese límite.
Esto no significa que el aspartamo sea necesario, que aporte beneficios nutricionales o que se recomiende consumir alimentos y bebidas que lo contengan. La seguridad toxicológica de un aditivo y la calidad nutricional del producto en el que se utiliza son cuestiones diferentes.
También conviene separar este dictamen de la recomendación de la OMS de no utilizar edulcorantes sin azúcar como estrategia a largo plazo para controlar el peso. Aquella recomendación se refería a su eficacia para reducir el peso corporal y prevenir enfermedades crónicas, no establecía que los edulcorantes autorizados fueran tóxicos en las cantidades permitidas.
La clasificación del aspartamo en el grupo 2B del IARC tampoco desaparece con este dictamen, ya que ambos organismos realizan evaluaciones distintas. Sin embargo, la EFSA ha tenido en cuenta la literatura científica publicada desde 2013 y concluye que las nuevas evidencias no justifican modificar la ingesta diaria admisible.
El aspartamo sigue autorizado y el debate continúa
La conclusión de la EFSA hace menos probable que la revisión del E 962 desemboque en una prohibición europea del aspartamo. El organismo no ha encontrado un riesgo que justifique retirarlo en las condiciones actuales de utilización.
Foodwatch, la Liga contra el Cáncer y Yuka mantienen su petición para prohibir el aspartamo y cuestionan que la ingesta diaria admisible proteja suficientemente a la población frente a posibles efectos asociados a exposiciones mucho menores.
La discusión, por tanto, probablemente continuará. Pero el punto de partida ha cambiado: ya no estamos esperando que la EFSA examine las nuevas investigaciones. La autoridad europea ya las ha revisado y ha vuelto a concluir que el aspartamo no plantea problemas de seguridad en los niveles actuales de exposición.
El debate científico y social puede seguir abierto, pero la situación regulatoria es clara: el E 951 continúa autorizado, la ingesta diaria admisible permanece en 40 mg/kg de peso corporal y las estimaciones de consumo utilizadas por la EFSA se encuentran por debajo de ese límite.
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