Ratificada la normativa sobre las etiquetas de aceite de oliva

Ayer fue ratificada la normativa sobre las etiquetas de aceite de oliva, a partir del próximo mes de julio será obligatorio que las empresas del sector incluyan información sobre la verdadera procedencia del aceite de oliva, ya sea indicando el país de origen o si se trata de un aceite producido en algún país de la Unión Europea. También se contempla la obligación de incluir información sobre el posible coupage realizado con diferentes tipos de aceite.

En junio del año pasado podíamos conocer la propuesta del aceite de oliva con información obligatoria sobre su origen, posteriormente en el mes de septiembre se sometía a debate y la mayoría de los países que forman la UE aprobaban la normativa. Ya sólo quedaba un último paso, la ratificación en el Comité de Gestión de la UE, algo que se ha hecho efectivo.

Algunos países sufrirán la nueva normativa sobre las etiquetas de aceite de oliva, podemos poner como ejemplo a Italia, país que durante años ha comercializado aceite de otros países bajo la denominación italiana. Varios aceites que comercializaba Italia y a los que les atribuían grandes bondades organolépticas, eran en realidad de países como España, Marruecos, Grecia o Turquía. La calidad del aceite exterior elevaba la condición de calidad de los productos italianos, atribuyéndoles cualidades que no les correspondían.

En su momento indicábamos que no estábamos de acuerdo al 100% con la nueva reglamentación, especialmente con la información que se proporcionará en las etiquetas de los aceites de coupage. Se mantiene la propuesta inicial en la que el etiquetado del aceite que ha sido mezclado sólo deberá incluir una leyenda según su origen, “mezcla de aceites de la UE“, “mezcla de aceites no comunitarios” o “mezcla de aceites comunitarios y no comunitarios“.

Tantas nobles intenciones para no confundir al consumidor y mostrar mayor transparencia, y en cambio, con estas leyendas se obvia igualmente la verdadera procedencia del aceite amparándose bajo una descriptiva común que lo único que hace es decirnos que se trata de un aceite de oliva mezclado.

La nueva normativa fue comunicada en su momento a la OMC (Organización Mundial del Comercio) y se esperó un plazo de 60 días, tiempo en el que se podían realizar las alegaciones oportunas, pero no tenemos constancia de que alguno de los países más perjudicados, como por ejemplo Italia, realizaran las alegaciones oportunas. Hay que decir además que los productores españoles tampoco están de acuerdo con la normativa, sobre todo porque nuestro país exporta una gran cantidad de aceite a granel.

Parece que se trata de una malograda reglamentación y no será extraño que en un corto plazo de tiempo asistamos a una reforma sobre ella.

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