Se desestima la demanda de la Federación Nacional de Industrias Lácteas contra la OCU

Posiblemente recordéis el análisis de la calidad de la leche entera UHT que realizó la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) el pasado año, en él no se valoraba el sabor, el color o el precio, sino las cualidades nutricionales. Las conclusiones fueron que la calidad de la leche se había visto reducida en los últimos diez o veinte años, ya lo comentábamos en su momento, lo mismo que ha sucedido con otros alimentos como el pan.

La Federación Nacional de Industrias Lácteas (FeNIL) no tardó en responder a la OCU, denunciando su actitud irresponsable y anunciando las acciones legales que iban a emprender para defender la calidad de la leche que comercializan las empresas del sector lácteo nacional. Y así lo hizo, FeNil interpuso una demanda contra la OCU, y esta organización ha hecho pública hoy la sentencia del Juzgado, desestima la demanda de la Federación Nacional de Industrias Lácteas contra la OCU.

La sentencia está disponible a través de la web de la organización, podéis acceder a ella a través de este enlace (Pdf). En resumen, declara que no se había realizado actuación que dañara el prestigio profesional o la imagen del sector lácteo a pesar de reconocer la repercusión que tuvo la publicación de la OCU, pero ésta ha demostrado a través de su estudio y la comparativa con los estudios realizados en 2001 sobre la leche entera, que la calidad nutricional de la leche ha empeorado.

La sentencia argumenta también la ausencia de un estudio por parte del demandante, que demuestre que la leche producida en 2011 sea mejor que la leche de 2001. Reconoce que en ningún momento se han cuestionado las propiedades de la leche, la seguridad alimentaria, sino la reducción de la calidad de las leches analizadas. El estudio de la OCU sólo puede ser rebatido con otro estudio que determine la calidad superior de la leche, para que esta demanda no fuera desestimada.

FeNIL dispone ahora de veinte días para interponer un recurso de apelación, y en ello están, pues opinan que la sentencia no responde a lo que la Federación planteaba en su demanda. No hay lugar para no pensar que los productos lácteos en general (que son los que defiende FeNIL, sin entrar en marcas) que se comercializan en España, cumplen con la legislación vigente en materia de seguridad alimentaria y materia de calidad, son además alimentos de gran interés nutricional tanto para niños como para adultos, seguramente se podrían mejorar, pero quizá para ello deberían intervenir los organismos competentes.

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